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Washington solicita desestimar la demanda de Novig sobre la prevalencia federal en los mercados de predicción
El fiscal general del estado de Washington, Nicholas W. Brown, y cinco funcionarios de la Comisión de Juegos de Azar del Estado de Washington solicitaron el 19 de octubre de 2026 que se desestimara la demanda federal interpuesta por Novig, operador de un mercado de predicciones. Alegaron que la Ley de Intercambio de Productos Básicos no prevalece sobre la legislación estatal sobre juegos de azar en lo que respecta a los contratos sobre eventos deportivos y que el Noveno Circuito ya ha resuelto la cuestión.
Todos los demandados en el caso Ludlow Exchange LLC v. Brown presentaron la Moción de los demandados para desestimar ante el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Oeste de Washington, en virtud de la Regla 12(b)(6), que permite desestimar una demanda cuando carece de una teoría jurídica reconocible o de hechos suficientes que la sustenten. Los demandados solicitaron al tribunal que desestimara la demanda sin conceder autorización para modificarla, pues sostuvieron que cualquier modificación sería inútil.
La demanda a la que responde la moción
Según el expediente judicial, Ludlow Exchange LLC, que opera bajo el nombre de Novig, presentó el 6 de agosto de 2026 una demanda contra todos los demandados en la que solicitaba una declaración judicial y medidas cautelares. Las citaciones se emitieron a los seis demandados el 10 de agosto de 2026, el mismo día en que la jueza Michelle L. Peterson fue asignada al caso.
La moción señala que la demanda plantea una única reclamación: que la Ley de Intercambio de Productos Básicos prevalece sobre la legislación de Washington en materia de juegos de azar respecto de los contratos de Novig sobre eventos deportivos. También solicita una declaración en ese sentido y una orden que prohíba a los demandados aplicar las leyes estatales sobre juegos de azar contra la empresa. Según expone la presentación, Novig ofrece únicamente contratos sobre eventos deportivos, disponibles para clientes de todo Estados Unidos, incluido Washington, en un mercado de contratos designado por la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos. La presentación señala que el ejemplo incluido en la demanda es un contrato sobre si los Seattle Seahawks ganarán el Super Bowl.
La presentación también afirma que Novig interpuso la demanda con la intención expresa de anticiparse a una acción de cumplimiento como la que Brown presentó anteriormente contra otro mercado de predicciones, KalshiEX LLC.
La legislación de Washington sobre juegos de azar y la acción contra Kalshi
La moción describe la Ley de Juegos de Azar de Washington de 1973 como una norma que prohíbe todas las formas de juego, salvo las expresamente exentas, y que define y prohíbe específicamente el juego ilegal, el juego profesional, las apuestas clandestinas, el juego por internet y las apuestas deportivas. Una enmienda de 2006 extendió expresamente la ley a los juegos de azar por internet. La presentación cita la decisión del tribunal estatal de apelaciones Rousso v. State, que describió el juego por internet en Washington como efectivamente prohibido.
Los demandados relatan que, después de que el fiscal general demandara a KalshiEX ante un tribunal estatal, Kalshi trasladó el caso a un tribunal federal y el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Oeste de Washington lo devolvió al tribunal estatal el 5 de mayo de 2026 por falta de competencia sobre la materia. El Noveno Circuito rechazó el 21 de mayo de 2026 la solicitud de emergencia de Kalshi para suspender la devolución. Según la presentación, el 20 de julio de 2026, el Tribunal Superior de Washington concedió la solicitud del fiscal general de una medida cautelar preliminar que prohibía a Kalshi ofrecer contratos sobre eventos de determinadas categorías, incluidos los deportes, en el estado.
Los argumentos sobre la prevalencia federal
Los demandados sostienen que dos de los tres tribunales federales de apelaciones, una clara mayoría de los tribunales de distrito que han examinado la cuestión y varios tribunales estatales, incluido el de Washington, han determinado que los estados pueden aplicar sus leyes sobre juegos de azar a los mercados de predicciones sin que la Ley de Intercambio de Productos Básicos las desplace. Un elemento central de su argumento es la decisión del Noveno Circuito del 28 de agosto de 2026 en KalshiEX v. Assad, que, según la descripción de la presentación, determinó que la ley no prevalece, ni expresa ni implícitamente, sobre la legislación estatal sobre juegos de azar en lo que respecta a las apuestas relacionadas con deportes ofrecidas por mercados de predicciones y que dicha decisión es vinculante en el circuito.
«La naturaleza de los contratos sobre eventos deportivos ofrecidos en el DCM de Kalshi es la de apuestas deportivas, independientemente de que Kalshi los denomine swaps», cita la moción de la opinión en Assad. Como Novig solo ofrece apuestas deportivas, sostienen los demandados, no hay diferencia entre sus contratos y los examinados en Assad.
La presentación señala que un panel distinto del Noveno Circuito citó Assad en Blue Lake Rancheria v. Kalshi el 16 de septiembre de 2026, y que el Sexto Circuito determinó en KalshiEX LLC v. Schuler, el 25 de septiembre de 2026, que los contratos sobre eventos deportivos no son swaps y que la legislación federal no prevalece sobre las leyes estatales sobre juegos de azar. La moción describe la decisión del Tercer Circuito en KalshiEX, LLC v. Flaherty como la única decisión de apelación en sentido contrario; esta contó con un voto disidente y sus fundamentos fueron rechazados tanto por el Noveno como por el Sexto Circuito.
Según la moción, entre las decisiones de tribunales de distrito que llegaron a la misma conclusión figuran KalshiEX LLC v. Cafferelli, en Connecticut, el 10 de agosto de 2026; Coinbase Financial Markets, Inc. v. Nessel, en el Distrito Este de Michigan, el 7 de agosto de 2026; CFTC v. Wisconsin, en el Distrito Este de Wisconsin, el 29 de julio de 2026; QCX LLC v. Nessel, en el Distrito Oeste de Michigan, el 17 de junio de 2026; y un fallo de 2025 en el Distrito de Nevada. La presentación reconoce que hubo decisiones en sentido contrario en Coinbase Financial Markets, Inc. v. Raoul, en el Distrito Norte de Illinois, el 2 de octubre de 2026, y en United States v. Minnesota, en el Distrito de Minnesota, el 27 de julio de 2026.
Los demandados también invocan las propias palabras de la Comisión de Negociación de Futuros de Productos Básicos, al citar la declaración de la agencia de 2024: «La Comisión no es un organismo regulador del juego». La moción sostiene que el reciente cambio de postura de la agencia no altera el análisis a la luz de la decisión de la Corte Suprema en Loper Bright y que la disposición legal que permite a la agencia prohibir contratos relacionados con juegos de azar y ciertas otras actividades no amplió su autoridad para desplazar la legislación estatal sobre apuestas. Los demandados también afirman que, conforme a Assad y Schuler, tampoco prosperan las teorías de desplazamiento por ocupación del ámbito regulatorio ni por conflicto, y que la desestimación debe concederse sin autorización para enmendar la demanda, porque no es posible subsanar mediante una enmienda la teoría de preeminencia federal.
Siete fiscales generales adjuntos de la División de Protección al Consumidor de la fiscalía general —Andrea Alegrett, Julia K. Doyle, Ben Brysacz, Matt Geyman, Seann Colgan, Terrence Mangan y Claire McNamara— firmaron la moción en nombre de Brown, cuya oficina compareció en el caso el 12 de octubre de 2026. Suzanne Becker y Matthew Kernutt firmaron en nombre de los demandados de la comisión: Tina Griffin, Sarah Lawson, Alicia Levy, Noah Skartvedt y Michael Charles, todos demandados en el ejercicio de sus cargos oficiales.
Según consta en el expediente, Novig está representada por Heidi Bradley, de Bradley Bernstein Sands, y por abogados de Sullivan & Cromwell autorizados a comparecer pro hac vice el 17 de agosto de 2026. La moción de los demandados figura en el calendario del tribunal para su consideración el 16 de noviembre de 2026.











